En mayo próximo se inicia el registro de las joyerías que ofrecen artículos de plata y oro ante el Servicio Nacional de Registro y Control de Comercialización de Minerales (Senarecom). Luego de tramitar su Número de Identificación como Agentes de Retención (NIAR), podrán comercializar los productos en el interior y exterior del país. Óscar Huanacio, director del Senarecom, advirtió que las joyerías que no cuenten con el NIAR desde junio próximo, no podrán realizar actividades comerciales y deberán ceder su acción a la gobernación departamental o a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).
PLAZOS
“Ellos se van a registrar hasta lo que es mayo, y a partir de eso, joyería que no esté con su NIAR no será reconocida legalmente, entonces tendrá que ofrecer su acción la gobernación o la AJAM”, señaló en un desayuno con los periodistas.
Según Huanacio, el NIAR permitirá a las joyerías fungir sólo como ‘agentes de retención’ de las regalías mineras que deben pagar sus proveedores locales de minerales.
Descartó que la medida represente el pago de regalías mineras por parte de las joyerías. Las joyerías -explicó- deben llenar el formulario N-01 para obtener su NIAR, que será administrado mediante un nuevo software que se prevé será aprobado el próximo 27 de abril.
LEY MINERA
Precisó que la norma, inscrita en la nueva Ley Minera 535, alcanza a las fundidoras, refinerías legalmente establecidas, empresas manufactureras, joyerías y otras personas naturales o jurídicas que realicen actividades de manufactura o elaboren productos industrializados en base a minerales metálicos y no metálicos.
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