El sector empresarial privado del eje del país (Santa Cruz, Cochabamba y La Paz) registra, según el reporte de las jefaturas regionales de Trabajo, un bajo porcentaje de presentación del convenio colectivo que detalle que ya se hizo efectivo el incremento salarial del 12% y el pago retroactivo desde enero del año en curso.
En el caso de Santa Cruz, en la jefatura departamental del Trabajo informaron de que al presente apenas un promedio de 96 empresas, de las 3.800 que regularmente presentan planillas en la institución, hicieron llegar sus convenios laborales.
Rina Bruce, titular de la jefatura del Trabajo, señaló que si bien el avance de presentación de acuerdos es flojo, las empresas tienen hasta el 16 de abril para cumplir con esta obligación.
De igual forma, en la jefatura Departamental del Trabajo de La Paz informaron de que sólo 70 empresas, de las 3.000 que existen registradas, cumplieron con la presentación de los convenios laborales.
En Cochabamba, aunque no se tiene una cifra precisa de la cantidad de empresas que hicieron llegar sus acuerdos laborales, en la regional del Trabajo aseguraron que muy pocas empresas cumplieron con la norma.
El retraso en la presentación de los convenios colectivos tendrá sanciones legales y económicas.
Las castigos pecuniarios a las compañías que no cumplan con la norma oscilan entre Bs 2.000 y Bs 10.000.
En la Dirección Nacional del Trabajo informaron de que el lunes tendrán los datos respecto a la cantidad de compañías que cumplieron con la obligatoriedad de presentar sus acuerdos obrero- patronales.
En la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) y la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco) señalaron que la obligatoriedad en el aumento salarial afectará al conjunto de las empresas.
Según el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), Bolivia tiene el salario mínimo nacional más bajo de la región, cinco veces más bajo que el de Argentina. En 2008, el haber básico llegaba a $us 63 en Bolivia; por debajo de Argentina, Chile y Brasil.
Reclamos por interpretación de jerárquicos
El alza salarial del 12% prevista por el Decreto Supremo 0016 del 19 de febrero de 2009 y que no es obligatoria para el personal de la empresa o institución privada que ocupe cargos ejecutivos, gerenciales y de dirección está motivando muchos reclamos por la interpretación que dan en algunas empresas, según Aníbal Melgar, asesor legal de la jefatura departamental del Trabajo en Santa Cruz.
Según Melgar, se considera cargo jerárquico sólo a las gerencias. Es decir, los funcionarios que definen políticas internas en una empresa.
El funcionario precisó que aquéllos que tienen un trabajo de coordinación o mando sobre un grupo, pero que no definen políticas internas porque su labor es operativa tienen que recibir el incremento salarial del 12% decretado.
Melgar detalló además que, independientemente de cuánto perciban como salario, un capataz o el jefe de algún área que recibe órdenes de los directivos tiene derecho al beneficio salarial.
En el caso de Santa Cruz, en la jefatura departamental del Trabajo informaron de que al presente apenas un promedio de 96 empresas, de las 3.800 que regularmente presentan planillas en la institución, hicieron llegar sus convenios laborales.
Rina Bruce, titular de la jefatura del Trabajo, señaló que si bien el avance de presentación de acuerdos es flojo, las empresas tienen hasta el 16 de abril para cumplir con esta obligación.
De igual forma, en la jefatura Departamental del Trabajo de La Paz informaron de que sólo 70 empresas, de las 3.000 que existen registradas, cumplieron con la presentación de los convenios laborales.
En Cochabamba, aunque no se tiene una cifra precisa de la cantidad de empresas que hicieron llegar sus acuerdos laborales, en la regional del Trabajo aseguraron que muy pocas empresas cumplieron con la norma.
El retraso en la presentación de los convenios colectivos tendrá sanciones legales y económicas.
Las castigos pecuniarios a las compañías que no cumplan con la norma oscilan entre Bs 2.000 y Bs 10.000.
En la Dirección Nacional del Trabajo informaron de que el lunes tendrán los datos respecto a la cantidad de compañías que cumplieron con la obligatoriedad de presentar sus acuerdos obrero- patronales.
En la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) y la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco) señalaron que la obligatoriedad en el aumento salarial afectará al conjunto de las empresas.
Según el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), Bolivia tiene el salario mínimo nacional más bajo de la región, cinco veces más bajo que el de Argentina. En 2008, el haber básico llegaba a $us 63 en Bolivia; por debajo de Argentina, Chile y Brasil.
Reclamos por interpretación de jerárquicos
El alza salarial del 12% prevista por el Decreto Supremo 0016 del 19 de febrero de 2009 y que no es obligatoria para el personal de la empresa o institución privada que ocupe cargos ejecutivos, gerenciales y de dirección está motivando muchos reclamos por la interpretación que dan en algunas empresas, según Aníbal Melgar, asesor legal de la jefatura departamental del Trabajo en Santa Cruz.
Según Melgar, se considera cargo jerárquico sólo a las gerencias. Es decir, los funcionarios que definen políticas internas en una empresa.
El funcionario precisó que aquéllos que tienen un trabajo de coordinación o mando sobre un grupo, pero que no definen políticas internas porque su labor es operativa tienen que recibir el incremento salarial del 12% decretado.
Melgar detalló además que, independientemente de cuánto perciban como salario, un capataz o el jefe de algún área que recibe órdenes de los directivos tiene derecho al beneficio salarial.
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