La Compañía Cervecera Boliviana (CCB) S.A. interpuso un recurso contra la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) por prácticas anticompetitivas. La Superintendencia de Empresas, a través de una resolución emitida en las últimas horas, falló a su favor.
De esa manera, la reguladora le prohibió a la CBN “suscribir o modificar contratos, acuerdos, y otros documentos en los que existan cláusulas de exclusividad en los que se prohiba, límite, restrinja, u obligue a personas naturales o empresas a comercializar productos que no sean propios de la empresa”.
Así lo establece la resolución administrativa SEMP No 61/2008, de 21 de abril.
La misma añade que “ninguna persona está obligada a comercializar productos de la CBN o de CCB, siempre que no desee hacerlo.
En tercer lugar la Superintendencia aprueba el cuestionario en Defensa de la Competencia en calidad de declaración jurada, que podrá ser utilizada como medio de prueba, en el proceso CCB contra CBN por supuestas prácticas anticompetitivas, restrictivas a la libre competencia y abuso de posición de dominio.
Antecedentes
El pasado 18 de enero, la CBB interpuso ante la Superinmtendencia de Empresas una denuncia formal contra la CBN por conductas restrictivas, abuso de posición de dominio anticompetitivas y discriminatorias a la libre competencia.
El 10 de marzo, la reguladora aprobó medidas preventivas contra estas prácticas, pero sin prohibir la suscripción de contratos, acuerdos que impidan el derecho legítimo de las personas a comercializar cualquier producto de ambas cerveceras. Sin embargo, ahora rectificó sus posición.
La semana pasada, la reguladora en otro proceso también advirtió a la CBN con cancelar su matrícula de funcionamiento, si continúa con la obstrucción a un proceso administrativo iniciado el año pasado para verificar la reposición presuntamente “ficticia” o irregular de un paquete accionario que se habría extraviado el año 1994.
La empresa aseguró que estas acciones fuero declaradas sin valor legal por un fiscal en materia penal el año 2006-2007..
De esa manera, la reguladora le prohibió a la CBN “suscribir o modificar contratos, acuerdos, y otros documentos en los que existan cláusulas de exclusividad en los que se prohiba, límite, restrinja, u obligue a personas naturales o empresas a comercializar productos que no sean propios de la empresa”.
Así lo establece la resolución administrativa SEMP No 61/2008, de 21 de abril.
La misma añade que “ninguna persona está obligada a comercializar productos de la CBN o de CCB, siempre que no desee hacerlo.
En tercer lugar la Superintendencia aprueba el cuestionario en Defensa de la Competencia en calidad de declaración jurada, que podrá ser utilizada como medio de prueba, en el proceso CCB contra CBN por supuestas prácticas anticompetitivas, restrictivas a la libre competencia y abuso de posición de dominio.
Antecedentes
El pasado 18 de enero, la CBB interpuso ante la Superinmtendencia de Empresas una denuncia formal contra la CBN por conductas restrictivas, abuso de posición de dominio anticompetitivas y discriminatorias a la libre competencia.
El 10 de marzo, la reguladora aprobó medidas preventivas contra estas prácticas, pero sin prohibir la suscripción de contratos, acuerdos que impidan el derecho legítimo de las personas a comercializar cualquier producto de ambas cerveceras. Sin embargo, ahora rectificó sus posición.
La semana pasada, la reguladora en otro proceso también advirtió a la CBN con cancelar su matrícula de funcionamiento, si continúa con la obstrucción a un proceso administrativo iniciado el año pasado para verificar la reposición presuntamente “ficticia” o irregular de un paquete accionario que se habría extraviado el año 1994.
La empresa aseguró que estas acciones fuero declaradas sin valor legal por un fiscal en materia penal el año 2006-2007..
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