La Cancillería del Estado denunció ayer que el nuevo paro portuario en Iquique, Chile, trae al menos siete perjuicios al comercio exterior boliviano. Mediante un comunicado cuestionó la falta de solución a la paralización y la suspensión de actividades de los trabajadores portuarios de la Empresa Portuaria Iquique (EPI).
Reclamo. "Bolivia presenta una vez más su más enérgico reclamo al constatar que a días de la finalización del último paro de aduana de Chile, nuevamente el Gobierno de Chile en evidente incumplimiento de sus compromisos y al derecho internacional estrangula al comercio exterior boliviano, al no garantizar el libre tránsito de la carga boliviana que lleva sin poder embarcar o desembarcar en el puerto de Iquique hace ya trece días, manteniendo el puerto bloqueado para el ingreso o salida de camiones bolivianos", señala un comunicado.
Perjuicio. En ese sentido, dio a conocer que Bolivia sufre millonarias pérdidas derivadas producto de estos incumplimientos, los costos se mencionan (entre otros) los relacionados con: 1. Retorno de unidades vacías al verse las naves obligadas a desembarcar en otros puertos. 2. Costos de flete al tener que movilizarse a otros puertos para desembarcar o embarcar carga. 3. Multas y recargos por el incumplimiento de contratos de exportación al no poder embarcar la carga de exportación en puerto. 4. Multas por incumplimiento en la ejecución de obras de infraestructura y proyectos productivos al no contar con los bienes de capital e insumos que se encuentran en naves que no pueden desembarcar. 5. Costos relacionados con la suspensión de actividades industriales a la espera de insumos. 6. Viáticos de transportistas y garaje de camiones que esperan carga para poder retornar a Bolivia. 7. Pérdidas por la imposibilidad de firmar nuevos contratos de transporte, al encontrarse las unidades esperando carga en Chile.
Autoridad. El Ministerio de Relaciones Exteriores exigió "la inmediata suspensión de las medidas que impiden desembarcar o embarcar carga de ultramar de Bolivia". Pidió a Chile garantizar el cumplimiento del Artículo 6 del Tratado de 1904.
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