martes, 18 de febrero de 2014

¿Por qué urge tener una ley antimonopolio en Bolivia?

El pasado 20 de diciembre, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (Aemp) sancionó a dos ejecutivos de la CBN “por prácticas anticompetitivas”, según se conoció hace unos días.

Tras conocerse el fallo, Arturo Sahonero, gerente general de la cervecería Auténtica, principal demandante a la CBN, pidió (en entrevista con La Razón) la aprobación de una ley antimonopolio que evite las “prácticas anticompetitivas y desleales” y se proteja la producción nacional.

La demanda fue respaldada, aunque con distintos argumentos por el abogado experto en asuntos comerciales y penales, Ciro Áñez; el economista Julio Alvarado; el gerente del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE), Gary Rodríguez, y el gerente de la Cámara de Comercio de Cochabamba, José Rivera.

En Bolivia, el artículo 314 de la Constitución Política del Estado (CPE), “prohíbe el monopolio y el oligopolio privado, así como cualquier otra forma de asociación (…) que pretenda el control y la exclusividad en la producción y comercialización de bienes y servicios”. El decreto 29519, por otra parte, establece reglas para evitar la competencia desleal.

Para Rivera, en Bolivia no existen monopolios, sino prácticas de competencia desleal. Alvarado, en cambio, observa intenciones monopolistas en varios rubros, como el ya conocido de la industria cervecera, lácteos y cemento, a nivel de empresas privadas, pero también de empresas estatales que hacen competencia desleal a las privadas, como en los textiles, aviación o bancos.

Áñez observa justamente que el artículo 314 de la CPE no habla de monopolios u oligopolios públicos, mientras que el Decreto 314, de competencia desleal encierra otros problemas, pues las superintendencias de regulación que fueron creadas por “ley” fueron extinguidas por decreto supremo, lo cual no guarda relación con el artículo 158 (numeral 8) de la CPE, ya que debió llevarse a cabo necesariamente mediante ley.

Ciro Áñez. Abogado experto en asuntos comerciales

Considero que sí existen normas de combate contra monopolios y oligopolios en nuestro país (art. 314 de la CPE y DS 29519, entre otros). Además, está vigente la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341, la cual es amplia pues es aplicable a la administración central y descentralizada del poder ejecutivo, entre los que se encuentra la AEMP. También hay normas supranacionales de libre competencia que emergieron de acuerdos, como Mercosur y la CAN. Pretender promulgar una ley antimonopolios y oligopolios mayormente se debe a normas internas (Ej: DS 29894 y DS 29519) no debió ser mediante DS, sino ley especial para posibilitar desarrollar aspectos reglamentarios. Es allí la importancia de cumplir con formalidades.



OPINIONES

Julio Alvarado. Economista

Una ley antimonopolios no funcionará con empresas informales, que son el 80 por ciento. Para las grandes empresas sí hace falta. Esta ley debería tener medidas de fomento para la competencia y sanciones para la competencia desleal. Debería ser amplia, con una oficina de regulación independiente, y que limite competencias de las empresas estatales.

José Rivera. Gerente Cámara de Comercio

En el país no hay monopolio que no sea del Estado. Eso sí estamos en una época en la que la competencia desleal está empezando a tomar diferentes formas, desde el dumping de precios hasta la estrella de competencia desleal: el contrabando.

Hace falta un marco jurídico. En cuanto a las empresas del Estado, no las consideramos nocivas siempre que cumplan las mismas reglas de juego que las demás empresas.

Gary Rodríguez. Gerente General IBCE

Las prácticas de abuso de posición de mercado, como se le llama al monopolio, derivan en desmedro del consumidor, porque la sana competencia alienta la mejora de productos y servicios en el mercado, innovación y cambio. Por ello, las reglas deben ser parejas para todos los sectores económicos, salvo en el caso de los monopolios naturales, como un teleférico o un ferrocarril.

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