lunes, 30 de mayo de 2016

Empresas deben pagar mañana el retroactivo



El martes 31 de mayo fenece el plazo para que los empleadores haga el pago del pago retroactivo al mes de enero del incremento salarial del 6% al haber básico y del 9% al salario mínimo nacional.

Aníbal Melgar, asesor legal de la Dirección del Trabajo en Santa Cruz, dijo a EL DEBER que los empleadores no tienen excusas para no pagar el retroactivo del incremento salarial a la clase trabajadora.

“El plazo del pago para el retroactivo es el 31 de mayo. El Ministerio del Trabajo va a recibir todas las reclamaciones, vamos a verificar a través de las direcciones respectivas y en caso de verificar el incumplimiento se notificará al empleador”, explicó Melgar.

Añadió que los empleadores deben presentar el convenio colectivo entre empleadores y trabajadores sobre el incremento salarial hasta el 30 de junio.

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