miércoles, 3 de julio de 2013

Oruro SIN clausura sucursal de Emapa por no emitir factura

Tras una denuncia por la no emisión de nota fiscal por la venta de un quintal de arrocillo en la sucursal de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa) de la zona Sur, en proximidades del mercado Roberto Young, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Distrital Oruro al verificar el hecho procedió a la clausura por seis días de este establecimiento, según informó el gerente distrital del SIN Oruro, Fedor Ordóñez Rocha.

Según el informe del ejecutivo del SIN Oruro, la denuncia fue presentada el viernes por la tarde, sin embargo, no se pudo constatar el hecho debido a que Emapa trabaja sólo hasta las 15:30 horas, de martes a sábado, por lo que se desarrolló la intervención ayer por la mañana.

"Se evidenció la falta de emisión de la nota fiscal por esta venta, inmediatamente en cumplimiento a la norma tributaria se procedió a la clausura de dicha sucursal, por seis días", explicó Ordóñez.

Paradójicamente, en la ciudad se encontraba el gerente comercial de esta empresa, Hugo Prado Argote, que no explicó el incidente, informando que se está procediendo a enviar notas a la oficina central del SIN en La Paz, y que la siguiente semana estará nuevamente presente en Oruro para dar cuenta del caso.

En ese ínterin, en oficinas del SIN, un ciudadano que no se identificó señalaba ser parte de Emapa solicitó se brinde la cobertura correspondiente, alegando que la clausura ocasionaría la especulación de la canasta familiar en el mercado orureño, sin embargo, luego desapareció. Los encargados de esta empresa en Oruro, indicaron que no están autorizados a dar declaraciones a la prensa.



NORMA

En cuanto a las normas tributarias, Ordóñez explicó que estas se aplican a todas las empresas públicas y privadas, haciendo énfasis en que todas las entidades que tengan una actividad económica están consignadas por impuestos como empresa privada.

Asimismo, informó que bajo la Ley 2492, Código Tributario en su artículo 164, específica la clausura por seis días, como primera sanción; en caso de reincidencia se incrementa el tiempo de sanción hasta llegar a los 48 días, tras ello la medida es indefinida.

Por otro lado, dijo que las denuncias no permiten al contribuyente acceder a la convertibilidad, que es cancelar 10 veces el monto no facturado.

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