martes, 18 de agosto de 2015

Sólo una empresa privada cumple norma y tiene sala para lactancia

A cinco años de la vigencia del decreto supremo que instruye a todas las instituciones públicas y privadas a acondicionar ambientes para fomentar la lactancia materna, el Ministerio de Salud identificó por primera vez a una empresa privada que -junto a otras cuatro públicas- cumple la norma.
Las cinco instituciones, que serán reconocidas por el Gobierno hoy en un acto especial, se suman a otras 15 que ya fueron distinguidas en pasadas gestiones. En el evento también se lanzará oficialmente el Mes de la Lactancia Materna en Bolivia, que este año lleva el lema: "Amamantar y trabajar, logremos que sea posible en todas las instituciones públicas y privadas”.
"Hemos identificado instituciones que habilitaron ambientes específicos para que las trabajadoras den de lactar a sus hijos. Cuatro de ellas son públicas y una privada, esta última es la primera registrada”, informaron desde el Ministerio de Salud.
Las instituciones públicas que serán reconocidas son: la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), la Contraloría General, la Facultad de Derecho y el Herbario Nacional de Bolivia de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA). La primera empresa privada distinguida será Nefertiti Joyas.
En el marco de las políticas de salud se incentiva la lactancia materna, que es fundamental para el desarrollo del bebé porque le aporta nutrientes, defensas y refuerza el nexo con la madre.
En pasado días, el personal de Salud visitó varias instituciones para verificar la existencia de ambientes de lactancia y si éstos incluyen cunas, cambiadores de pañales y sillas especiales para que la madre trabajadora pueda amamantar a su niño.
La inspección verificó que la mayoría de las empresas no cumplen con la normativa; salvo las cinco que serán distinguidas. Éstas se suman a otras 15 instituciones que ya fueron identificadas en anteriores años, como el Ministerio de Educación y el de Justicia, entre otras.
En 2006 se emitió la Ley 3460 de Fomento a la Lactancia Materna y Comercialización de sus Sucedáneos. Sin embargo, la norma no entró en vigencia sino hasta 2010, cuando se publicó su reglamento.
El inciso c del artículo 15 del reglamento, indica que las instituciones públicas y privadas deben "adecuar ambientes en los lugares de trabajo y de estudio para que las madres con niños lactantes menores de seis meses puedan amamantar en condiciones óptimas”. Además, establece que las trabajadoras tienen el derecho de llevar a sus niños a sus fuentes de trabajo y estudio.
Desde el ministerio indicaron que "lamentablemente las empresas no están cumpliendo con la ley; por lo que esta tarde se hará un simposio para informar sobre la normativa a instituciones públicas y privadas”.

También se dará charlas a administradores de supermercados para disminuir venta de fórmulas para menores de seis meses.


La lactancia materna debe ser exclusiva hasta los seis meses
La lactancia materna debe ser exclusiva hasta los seis meses de vida del bebé y después debe ser complementaria hasta sus dos años, según especialistas del Ministerio de Salud.
"Todas las mamás deben saber que el amamantamiento del bebé debe ser exclusivo hasta los seis meses. No es necesario dar otro alimento sucedáneo al bebé, ni siquiera agua en ese periodo”. La leche materna dará a los infantes los nutrientes necesarios para su bienestar y los inmunizará contra varios virus y bacterias.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la lactancia materna reduce la mortalidad infantil y tiene beneficios sanitarios que llegan hasta la edad adulta.
De acuerdo a la pediatra Liliam Arnuf, el amamantamiento también ayuda al niño psicológicamente, los bebés que se alimentan de leche materna son más seguros y maduros.
Por eso recomienda a las madres que den de lactar al pequeño las veces que pida, incluso por la noche. Es importante también evitar, en lo posible, uso del biberón.
Después de los seis meses la lactancia debe convertirse en un alimento complementario. "No hay una edad específica para que deje el pecho, pero se recomienda que sea a los dos años”, remarcó.
Reglamento de ley
Artículo 15, inciso a Empresas deben permitir a las madres llevar a sus bebés a sus fuentes de trabajo y de estudio, para que proporcionen lactancia materna exclusiva durante los seis meses de vida.
Inciso b Otorgar el periodo de descanso establecido en la Ley General del Trabajo si no llevan a sus hijos al trabajo.

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