La Alcaldía paceña aprobó un decreto que permitirá a las empresas obtener su licencia para actividades económicas de casa de juego. La misma establece, además, los horarios de atención, las condiciones para la venta de bebidas, la prohibición de ingreso para menores de edad, entree otros.
Ley Nacional 060, de Juegos de Lotería y de Azar, emitida en 2010, señala que los establecimientos de este rubro podrán iniciar sus actividades después de haber obtenido la respectiva licencia de funcionamiento.
Restricciones. Un aspecto novedoso en la norma es que este tipo de negocios sólo podrán brindar atención desde las 17.00 hasta 04.00 horas.
Asimismo, en caso de ofrecer bebidas alcohólicas, éstas no podrán ser comercializadas antes de las 20.00 ni después de las 03:00, acorde a las normas ya vigentes dentro del municipio paceño.
Asimismo, el decreto señala que debe existir un control permanente en el ingreso a este tipo de establecimientos, especialmente dirigido a los menores de 18 años, "los privados de razón e interdictos de capacidad mental, los que estén en manifiesto estado de ebriedad o bajo influencias de drogas, quienes porten armas y los que no tengan su documento de identificación", según señala la norma.
Entre las condiciones técnicas que se definen en este procedimiento transitorio, se señala que los ambientes de los establecimientos de juegos de azar, deben ser adecuados y seguros.
Deben cumplir con una serie de condiciones técnicas, como el contar con un espacio equipado para la elaboración de alimentos, además para el lavado y secado de los utensilios, la instalación segura de gas, la existencia de extintores de incendio, señalética y una salida de emergencia.
Vigencia. Para la obtención de las licencias de funcionamiento, el decreto define que las mismas tendrán una vigencia de dos años, computables a partir de la fecha de la otorgación.
Las sociedades comerciales interesadas en la obtención de las licencias de funcionamiento deberán realizar su trámite en la plataforma de la Subalcaldía correspondiente al lugar donde instalará su negocio. Allí, deberá llenar el formulario de empadronamiento y la solicitud de licencia, el cual también puede ser llenado e impreso desde el Portal Web.
Si es dueño de la propiedad, se le pedirán los documentos de derecho propietario, de no serlo, una carta notariada del o los propietarios, con la autorización para ese tipo de negocio. Posteriormente, la Intendencia municipal inspeccionará el negocio, para aprobar las condiciones del ambiente y el cumplimiento de los requerimientos establecidos.
Normativa. Según información de la Autoridad de Juegos (AJ), en 2013, las empresas privadas destinaron en premios. 281.976.373 bolivianos, lo que significa en impuestos un total de 28.197.637 bolivianos, monto que representa el 10 por ciento del importe asignado en premio.
A partir de 2010 y hasta la fecha, la AJ emitió varias normas que regulan los juegos de azar, ya sea en espacios determinados, como en sorteos, premiaciones y otros.
Por ejemplo, en septiembre de 2013, la AJ emitió el reglamento para el sistema de mesas de juegos, tickets autorizados, precintos de seguridad, materiales de mesas de juego, así como procedimientos internos y controles de operación para el desarrollo de los juegos de mesa.
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