viernes, 16 de marzo de 2012

FINPRO priorizará alimentos, minería, textiles y madera

De acuerdo con el proyecto de ley, el Fondo Productivo se creará con $us 600 millones como recursos no reembolsables de las reservas internacionales y un crédito del BCB de $us 600 millones.

REDACCIÓN CENTRAL

Cambio

El proyecto de ley del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (Finpro) establece que financiará la implementación de plantas de concentración y fundición de minerales, además de factorías para la producción de textiles, de industrialización de madera y alimentos.

El 13 de febrero de este año, el presidente Evo Morales envió el proyecto de ley a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), el cual dispone el uso de 1.200 millones de dólares de las reservas internacionales netas (RIN) para proyectos productivos.

En la actualidad, el documento es tratado en la Cámara de Senadores luego de ser aprobado en grande y en detalle por la Cámara de Diputados.

Los emprendimientos productivos estarán a cargo de empresas públicas o, en su caso, sociedades comerciales con participación mayoritaria del Estado, pero, según fuentes oficiales, también podrá intervenir el empresariado privado nacional.

“Los emprendimientos productivos que financie Finpro estarán orientados a la transformación de la matriz productiva y necesariamente incorporarán la etapa de industrialización de materias primas, así como la de alimentos en el marco de la política de seguridad y soberanía alimentaria”, sostiene el documento aprobado por la Cámara Baja.

La norma señala que el Finpro se creará con un fondo de 600 millones de dólares —como recursos no reembolsables— provenientes de las RIN, a lo que se sumará un crédito de 600 millones de dólares del Banco Central de Bolivia (BCB) también de las reservas internacionales.

Las RIN ya superan los 12.000 millones de dólares, es decir cerca del 53 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) que en 2011 bordeó los 23 mil millones de dólares.

El Gobierno anticipó un riguroso control en el desembolso y uso de los 1.200 millones de dólares para el Finpro. Según el proyecto de ley, toda asignación de recursos o financiamiento del Fondo Productivo se la realizará mediante decreto supremo.

Asimismo, se establece que todo el financiamiento que otorgue el Fondo Productivo deberá ser reembolsado.

En ese marco, un estudio realizado por una instancia definida por el Órgano Ejecutivo deberá identificar la viabilidad de los proyectos que puedan ser financiados, además de confirmar su validez y factibilidad que asegure la devolución de los recursos otorgados por el Finpro.

Desde 2011 y por determinación del Gobierno, el BCB asumió el papel de ente financiero para las empresas estatales con el objetivo de impulsar el desarrollo del Estado y su industrialización.


DATOS

• El proyecto de ley Nº 175 tiene como objetivo crear el Fondo para la Revolución Industrial Productiva (Finpro) y establecer los mecanismos de financiamiento y asignación de sus recursos en el marco del artículo 316, numeral cuatro, de la Constitución Política del Estado.

• El fondo dispondrá de 1.200 millones de dólares al inicio de sus operaciones.

• Contará con un crédito de 600 millones de dólares otorgado por el Banco Central de Bolivia, cuyos recursos provendrán de las reservas internacionales netas, y otros 600 millones también de las RIN, pero como dinero no reembolsable.

• Tiene la finalidad de financiar la inversión de emprendimientos productivos que generen excedentes, los cuales estarán a cargo de empresas públicas y/o sociedades comerciales con participación mayoritaria del Estado.

• El Órgano Ejecutivo definirá la instancia que identificará los emprendimientos productivos que puedan ser financiados a partir de estudios de prefactibilidad que concluyan que estos se encuentran en el marco de la finalidad del Finpro.

• Mediante decreto se aprobará la asignación de los recursos del Finpro.

• Los recursos líquidos disponibles del Fondo Productivo se mantendrán depositados en el BCB, en un centro de administración independiente del balance del ente emisor.

• Corresponde a los ministerios cabeza del sector y a los órganos de Gobierno respectivos, la evaluación, seguimiento y control de los recursos del financiamiento.

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