lunes, 5 de septiembre de 2016

El anacronismo del Código de Comercio



El actual Código de Comercio de Bolivia es promulgado a través del Decreto Ley 14379, del 25 de febrero de 1977, por el entonces presidente Hugo Banzer Suárez. Con esa norma del Derecho Positivo quedaba abrogado el Código Mercantil, del 13 de noviembre de 1834.

Tuvieron que transcurrir más de 140 años para cambiar las reglas del comercio en nuestro país, cuando el mundo había sufrido tres transformaciones significativas e irreversibles en el ámbito del comercio y de la economía. También se pasó por una acelerada revolución de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, las que nunca fueron tomadas en cuenta para nuestras actividades comercio-empresariales.

Desde ese año a la fecha han sido excepcionales las modificaciones realizadas a esta “vieja” norma: son casi 40 años los transcurridos y simplemente se hicieron cambios de forma y no de fondo, quizás la más interesante fue la Ley 779, promulgada el 25 de enero de 2016, que tiene por objeto registrar a las empresas a través del Yuriña, un sistema de información digital de almacenamiento de datos que centraliza todo lo necesario para empresas o entidades económicas, incluyendo tanto a las privadas como a las estatales.

Se trata de un registro electrónico; por cierto, las empresas estarán obligadas a registrarse y actualizar su información en este sistema. La misma ley establece un plazo de 90 días para reglamentar su implementación, así como la de la Gaceta Electrónica de Registro de Comercio.

Lo curioso y llamativo es que el nuevo Estado Plurinacional no haya hecho nada por cambiar el Código en cuestión. Primero, porque se supone que las “reglas de juego” en el ámbito económico son diferentes: se presume que estamos en un Estado donde el Nuevo Modelo Económico es el Social, Comunitario y Productivo, en el que “todas las nuevas atribuciones del Estado están orientadas a convertir a Bolivia en un país industrializado mediante la acción coordinada de cuatro actores fundamentales: el Estado, propiamente dicho, y los sectores privado, comunitario y cooperativo, cuya integración configura un modelo claramente plural; es decir, de Economía Plural”, según señala el ministro Luis Arce en la revista de su despacho. ¿Cómo es que cambia el modelo y no las reglas?

Segundo, nuestro Código de Comercio data de una época de dictadura y fue “hecho” para un modelo completamente opuesto al actual; como diría el célebre Willian Shakespeare en el soliloquio de Hamlet: “Ser o no ser, esa es la cuestión”. He ahí el dilema.

En conclusión, podemos afirmar que la normativa comercial vigente en el país quedó obsoleta, visión reconocida por el Ejecutivo de nuestro Estado.
¿Qué se hace por modernizarnos e incorporarnos al nuevo orden del comercio internacional? Si bien existe un anteproyecto de ley que establece figuras comerciales “nuevas” (nada nuevas para la empresa y el comercio mundial), estas no representarán una solución de fondo al problema productivo empresarial.

Entre las principales propuestas se encuentran la supresión a las sociedades comanditarias (simple y por acciones), las que de por sí están en desuso en el país; es decir, con la nueva norma no dejarán de existir porque, en la realidad, ya no son más. También se busca reducir las formas societarias: Sociedad Anónima (SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y Sociedad Accidental. Estas tres solo responden de manera limitada —es decir que no existirá la posibilidad de crear una empresa societaria que responda ilimitadamente—, aspecto que da una mayor credibilidad internacional a nuestras empresas frente a los posibles riesgos.

Lo bueno del anteproyecto es la regulación a las sociedades accidentales, que este último tiempo han proliferado al calor político de la adjudicación de obras. Otra propuesta es la figura de la empresa unipersonal, la más frecuente en nuestro medio y que tendrán el respaldo legal a través de la nueva norma —que ojalá esté enmarcada y coordinada con el sistema tributario nacional.

Al final, el actual Código y la probable nueva norma no serán una posible solución al problema productivo nacional para mejorar las condiciones de la empresa privada.

¿Qué se hace por modernizarnos e incorporarnos al nuevo orden del comercio internacional? Si bien existe un anteproyecto de ley que establece figuras comerciales “nuevas” (nada nuevas para la empresa y el comercio mundial), estas no representarán una solución de fondo al problema productivo empresarial.

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