El gremio advirtió que habrá una sobrecarga del trabajo en los técnicos aduaneros para atender y revisar declaraciones no realizadas por expertos, lo que demandará más tiempo, esfuerzo y cantidad de funcionarios en la Aduana.
El pasado 22 de julio el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dispuso esta norma que las persona podrán realizar sus despachos aduaneros de forma directa sin la intervención del Agente Profesional Despachante de Aduana o una Agencia Despachante de Aduana. La norma no es obligatoria en la cadena logística del comercio exterior.
Sorpresa. Para el presidente de la Cámara Regional de Despachantes de Aduana Santa Cruz de la Sierra, Jorge Henrich Costas, señaló respecto al tema operativo de la norma “en sus aspectos operativos la Resolución revaloriza al despachante de Aduana como auxiliar de la función pública aduanera". Sin embargo, mostró su preocupación por los riesgos de la nueva determinación que son altamente previsibles, aguarda que el procedimiento aduanero pueda ser reglamentado.
Entre las observaciones que hizo el sector está el hecho de que con la medida se saturará el sistema SIDUNEA++ porque ingresarían, más de 15.000 importadores.
La Cámara hace ver que habrá mayor número de fiscalizaciones a través de controles diferidos inmediatos al aumentarse el riesgo por defraudación, la no habitualidad del contribuyente.
"A esto se suma la falta de espacio y comodidad en las Aduanas interiores y de frontera por un posible incremento de declarantes y tramitadores", señala Henrich.
Afectará al sector informal. A decir del empresario la resolución afectará seriamente a las Agencias Despachantes de Aduana que no estén técnicamente preparadas y alineadas con un comportamiento profesional y ético.
“Sugerimos como objetivo principal "construir y concienciar" a todos los Despachantes de Aduana al apego, respeto y cumplimiento de las disposiciones que rigen esta actividad, dejando de lado intermediarios que encarecen las mercancías y más aún, ponen en alto riesgo el prestigio de la empresa, pudiendo llegar a descalificarla ante la Aduana”, concluyó.
La resolución señala que aquellas personas que deseen importar mercadería de forma directa deben de tener registro como importador en el Padrón de Operadores de Comercio Exterior, que es expedido por la Aduana Nacional. No entran en esta figura las mercancía destinada la consumo.
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