Según el Decreto Supremo 3060, esa jornada fue fijada para la celebración de ese sector. Los trabajadores deben gozar del día libre con goce de haberes.
“Se dispone la suspensión de actividades en todo establecimiento fabril a nivel nacional para el día 18 de mayo de 2015 de 0 a 24 horas, en conmemoración al Día del Trabajador Fabril”, señala la resolución 300/15, del 13 de mayo de este año.
La norma señala que los trabajadores deben gozar del día libre con goce de haberes. El Día del Trabajador Fabril recuerda la masacre de Villa Victoria en el gobierno de Mamerto Urriolagoitia.
“La suspensión de actividades dispuestas no deberá ser considerada, bajo ninguna circunstancia, como permiso a cuenta de vacación o de otra índole, así mismo no podrán realizarse descuentos, siendo obligación de la empleadora o empleador el cancelar el 100% del salario a sus trabajadoras y trabajadores”.
Además se fija que aquellas empresas que no puedan paralizar actividades deben reconocer un día de descanso al trabajador. “Las empresas del sector fabril que de acuerdo a su naturaleza no puedan paralizar sus actividades laborales el 18 de mayo de 2015, otorgarán una compensación de un día de descanso a aquellos trabajadores y trabajadoras fabriles que desempeñen sus funciones”.
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