Según se informó a EL DIARIO, el voto disidente fue de la Cámara Nacional de Industrias, aunque algunos dirigentes y un expresidente del ente federativo señalaron que “los empresarios salieron de la asamblea extraordinaria más unidos que nunca”.
Sánchez no quiso efectuar ninguna declaración sobre la ampliación de su mandato cuando concluyó la reunión al promediar las 16.30 horas aproximadamente, en su sede de la plaza España.
Carlos Andia, representante de la Cámara Nacional de Despachantes de Aduana, señaló escuetamente que la votación a favor de la continuidad del mandato del directorio fue de 91% a favor.
“MÁS UNIDOS QUE NUNCA”
“La CEPB es una entidad seria y respeta todo lo que se decide. Estamos más unidos que nunca, si señor”, dijo el presidente de la Federación de Empresarios Privados de La Paz, Luis Urquizo.
Señaló que la determinación en los hechos posterga las elecciones en el ente matriz por un año. Sánchez cumplirá este 28 de febrero el segundo mandato consecutivo de dos años, por lo que la asamblea introdujo un artículo transitorio en los estatutos.
El presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI) Mario Yaffar, sostuvo al término de la reunión que fue una asamblea en la que se han tomado decisiones relativas la continuidad del presidente del directorio en su conjunto. “Se ha procedido con el análisis de un artículo que amplía el mandado del actual directorio por única vez y de manera excepcional, de manera que todo el directorio continúe en sus funciones. Daniel Sánchez conducirá por un año más la CEPB” agregó Yaffar.
Por su parte el expresidente de la Confederación, Marcelo Pérez Monasterios, sostuvo al finalizar la reunión, que los empresarios están unidos y fortalecidos.
“Tenemos el propósito de ir adelante y realizar las máximas gestiones para el desarrollo del país, considerando al sector privado como el protagonista del desarrollo social y económico de la Patria”, acotó.
ESTATUTOS
Según el documento aprobado, “esta circunstancia excepcional motivará que los mandatos del presidente, primer vicepresidente, segundo vicepresidente y tesorero se extiendan al plazo de postergación excepcional que así se haya dispuesto por la Asamblea Ordinaria, entendiéndose dicha extensión como una excepción a la regla contenida en los artículos 54, 60 y 65 de los Estatutos, dice el documento al que tuvo acceso EL DIARIO.
Señala también que “la excepcionalidad dispuesta en este articulado, deberá ser adoptada necesariamente en la Asamblea Ordinaria legalmente convocada e instalada en la forma establecida por el Art. 22 y con el quórum determinado en el Art. 24, ambos del presente Estatuto. La decisión tendrá que ser adoptada con el voto de al menos de ¾ partes del valor de los votos calificados de las Entidades Afiliadas habilitadas asistentes a la reunión convocada para el efecto”.
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