martes, 8 de octubre de 2013

Los obreros podrán administrar empresas declaradas en quiebra

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 1754, que faculta a los trabajadores a reabrir compañías que se declaren en quiebra, estén en proceso de liquidación o abandonadas para que funcionen como "empresas sociales”.
"Ahora ya no hay que estar sometido a las amenazas de cierre cuando los dueños no quieren respetar los decretos. Ahora, si amenazan de esta manera es mejor que la compañía entre en quiebra o que el empresario la cierre; entonces, los fabriles serán dueños de nuevas empresas sociales y comunitarias”, declaró el presidente Evo Morales en el acto público de aprobación de la norma, por los 62 años de creación de la confederación de fabriles de Bolivia.
El empresario cruceño Gabriel Dabdoub está de acuerdo con la disposición. "Es un mecanismo adicional que es válido y no puede dañar al sector empresarial en nada. Primero, se van a agotar las instancias legales y desentrabar lo que normalmente se queda en muchos años sin acuerdos establecidos. El decreto simplemente está normando una forma y no está generando una condición de entorpecer esos procesos legales”, afirmó.
Víctor Quispe, dirigente de los fabriles, dijo que el decreto debe subir a rango de ley. "Es un mensaje para las empresas que quieren engañar a los trabajadores. (Los empresarios) decían que si el Gobierno hace un aumento del 10% o 20% iban a cerrar la fábrica. Con la norma ya no habrá tal cosa”, explicó.

La ministra de Desarrollo Productivo, Teresa Morales, afirmó que la norma "simplemente hace realidad el derecho constitucional de que los trabajadores puedan fundar una empresa social” en caso de que el dueño de alguna compañía "no pueda sacarla adelante”.
La autoridad de Gobierno hizo referencia al artículo 54 de la Constitución Política del Estado. "Los trabajadores (...) podrán, de acuerdo con la ley, reactivar y reorganizar empresas en proceso de quiebra, concurso o liquidación, cerradas o abandonadas de forma injustificada, y conformarán empresas comunitarias o sociales. El Estado podrá coadyuvar a la acción de las trabajadoras y los trabajadores”.
El tercer artículo del Decreto Supremo 1754 especifica los casos. Cuando haya procesos de quiebra, conforme a lo previsto en el Código de Comercio, o cuando éstos hubieran concluido. En el segundo caso, los trabajadores "voluntariamente, podrán establecer como parte de pago de la nueva empresa sus acreencias devengadas”.
Además, el empresario deberá dar preferencia de venta a los trabajadores y el Gobierno dará asesoramiento a los obreros.
Según la ministra Morales, "esto ya sucedió en los casos de las empresas Millma, Hiltrabol y Makitesa (hoy Traboltex), que fueron refundadas por sus sindicatos de trabajadores y salieron adelante”, rememoró.
El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, incluyó a la compañía América Textil SA (Ametex), que ahora es la Empresa Pública Nacional Estratégica Textil (Enatex) y que es administrada por el Gobierno.

La norma permitirá, según la ministra Morales, dar seguridad laboral a los obreros.

Alcances legales
Principios Una vez declarada una empresa en quiebra, liquidación o abandono injustificado, los trabajadores podrán hacerse cargo y conformar una "empresa social” con apoyo del Gobierno. De esta forma, se garantiza una fuente laboral para los obreros.
Empresarios No consideran que afecte a las compañías, porque se cumplen los procedimientos de declaración de quiebra y se reducen los tiempos para que los trabajadores se hagan cargo de ella.
Avance El artículo 54 de la Constitución abrió esta posibilidad y ahora ya hay empresas sociales, como en los casos de Millma o Makitesa.

Las compañías que prohíban sindicatos no podrán exportar

Las empresas que perjudiquen o impidan la conformación de sindicatos, incumplan con los aportes a los fondos de pensiones a largo plazo o violen otros derechos laborales no podrán exportar, según una resolución biministerial.
"La resolución biministerial está referida a aquellas empresas, que son pocas, no todas, en la cuales no se respeta la ley con relación a los derechos laborales y se desconoce la organización de los sindicatos; la resolución dice que las empresas que infrinjan leyes sociales serán prohibidas de exportar con las facilidades que otorga el Gobierno”, informó el ministro de Trabajo, Daniel Santalla, al referirse a la disposición aprobada por su despacho y el Ministerio de Desarrollo Productivo.
El secretario ejecutivo de la confederación de fabriles, Víctor Quispe, dijo que la norma "bloqueará a las empresas que (...) van engañando los derechos de los trabajadores, sin aportes a la seguridad social de largo plazo, conculcando derechos”.
El empresario Gabriel Dabdoub opinó que la norma es contradictoria en lo que se refiere al pago de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). "A una empresa que no pague dentro de los 30 días a la AFP le quitan el derecho a exportar. Lo que se debe preguntar es cuál es primero, vender para pagar o pagar antes de vender. Esta pregunta debe estar establecida y ahí vemos posibles problemas para el sector que exporta”, remarcó.
El dirigente Quispe también solicitó al presidente Evo Morales una audiencia para tratar el pliego fabril de peticiones. Uno de los puntos exige que los fabriles que trabajan para las empresas públicas dejen de ser funcionarios públicos y se beneficien de la Ley General del Trabajo, para que se restituyan sus derechos.

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