La norma fue aprobada por el gabinete ministerial y comunicada por el ministro de Economía, Luis Arce Catacora.
“Este decreto tiene como objetivo ampliar el plazo para los bolivianos que traen su menaje doméstico del exterior; ahora van a poder internarlo al país con este beneficio. En el anterior decreto, se había establecido un plazo de cuatro meses para que el boliviano que retornaba al país pudiera ‘nacionalizar’ su menaje doméstico, su ropa y sus utensilios”, precisó.
Uno de los factores que motivó esta ampliación del plazo es que las empresas encargadas del transporte del menaje, desde EEUU o España, “tardaban más de cuatro meses y la Aduana Nacional no daba curso a esta exención tributaria de hasta 50.000 dólares”.
El decreto incluye una disposición transitoria que establece que el menaje doméstico en proceso de importación a Bolivia o que se encuentre en depósitos aduaneros, pero que no haya sido declarado en abandono, podrá ser despachado con el beneficio de la exención tributaria siempre y cuando haya “'permanecido más de dos años en el extranjero, para cuyo efecto se determina el plazo de seis meses para su regularización”.
La medida busca que los connacionales que ya retornaron al país recuperen sus pertenencias que hoy estarían retenidas por el incumplimiento de los plazos anteriormente establecidos.
Página Siete reveló el 17 de abril que el menaje doméstico de una ciudadana que retornó de EEUU en 2012 fue declarado en abandono y transferido al Ministerio de la Presidencia antes de la aprobación, el 11 de diciembre de 2012, de la Ley Financial 317 o Presupuesto 2013. La norma cambia la Ley de Aduanas e instruye que las mercancías en abandono sean transferidas a los ministerios de la Presidencia y de Salud, si fueran fármacos.
Cuando el menaje incluye máquinas, equipos y herramientas usadas, el tope para la internación sin aranceles es de 50.000 dólares. Si se trata sólo de prendas de vestir y muebles, el monto no puede exceder los 35.000 dólares.
Si, además de los bienes antes mencionados, se internan máquinas, equipos y herramientas usadas en la actividad del que retorna el valor máximo no debe exceder los 50.000 dólares; el monto máximo de las máquinas debe ser de 25.000 dólares.
El trámite debe estar a nombre del migrante
Disposición Para favorecer el retorno de los emigrantes, el decreto 1639 también amplía de 30 a 90 días el plazo de visita temporal, un periodo que está de acuerdo con la normativa internacional para viajes turísticos, informó el ministro Luis Arce.
Requisitos El decreto 1639 también establece que el trámite de internación de menaje doméstico tiene que estar a nombre del migrante, que retorna de forma definitiva a Bolivia, porque hubo casos en los que algunas empresas, creadas para traer las pertenencias de los connacionales radicados en el exterior, internaban también encomiendas destinadas a otros consignatarios, una operación que no está cubierta por la exención de tributos.
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