Perjuicio. Dicha disposición genera dificultades para el sector empresarial, toda vez que los incrementos salariales ya fueron cancelados a los trabajadores en el plazo fijado por la norma (31 de mayo), quedando plazos muy cortos para hacer los trámites correspondientes en los casos de trabajadores que fueron contratados en la gestión 2015. Asimismo, se observa que al ser retroactivo el incremento salarial al 1ro de enero del año en curso, este debería aplicarse únicamente a las personas que mantenían una relación laboral en esa fecha, tomando como base del incremento la remuneración básica de la gestión 2014, indica un boletín institucional
Confusión en las empresas. Muchas empresas llegaron hasta la Dirección del Trabajo buscando una aclaración, puesto que ellas cumplieron con el pago respectivo, acatando la normativa anterior y no así la nueva. "Hemos pagado todo acorde a la ley, ya presentamos nuestras planillas y ahora sale esta nueva normativa de la cual no estábamos al tanto, ¿ahora cómo debemos proceder con los trabajadores que ingresaron esta gestión y no se les pagó el beneficio?", fue la expresión de José Carlos López, de una empresa constructora. Ante esta duda, Melgar indicó que si hay disposición de los empleadores no habrá ningún problema, que se haga el pago inmediato y no tendrán sanción alguna.
Entre tanto, ayer culminó el plazo para la entrega de las planillas.
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