Expresó preocupación por la publicación en el portal del Ministerio de Trabajo de la resolución 418/15, que complementa el aumento salarial del 8,5%, incluyendo horas dominicales, horas extras, recargo nocturno y otros beneficios tomando en cuenta a trabajadores incorporados este año, lo que hace ver que no hay una política salarial definida ni se protege el derecho del trabajador, sólo se atenta contra la libre iniciativa privada.
Dehne criticó además que se pretenda poner en vigencia una norma que fue puesta en circulación o a conocimiento público el 17 de junio y se aprobó recién el 26 de junio después de haber transcurrido nueve días y se fija plazo de cumplimiento el 30 de junio, después de otros cuatro días, lo que parece ser una inocentada o una broma de muy mal gusto, porque no se pueden aplicar disposiciones en materia social con semejante irresponsabilidad.
Para asumir defensa del sector empresarial, el presidente de la FEPO señaló que la Confederación de Empresarios de Bolivia (CEPB) presentó un recurso de impugnación de la referida resolución en resguardo del derecho de los empresarios y con preferencia para cuidar y resguardar las fuentes de empleo, porque lo contrario significará que se tenga que contratar a los trabajadores sólo por un jornal para evitar la aplicación de medidas coercitivas que atentan contra la estabilidad laboral y empresarial.
"Un jornalero recibe el pago de su jornada de trabajo y no tiene servicios de salud, tampoco su jubilación a largo plazo, mucho menos aún el aguinaldo y peor el doble aguinaldo, lo que hace que cada día suba la pobreza, porque el contrabando, el narcotráfico y el juqueo que son las economía informales, no mantienen la economía nacional, sino quienes aportamos y contribuimos con el pago de nuestros impuesto", expresó Dehne.
Mencionó que la medida lanzada por el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo, incide y repercute en mayores costos y tiene contradicciones, porque lejos de proteger la fuente laboral, en el artículo 2 de la Resolución 418/15, expresa que el incremento salarial de 8,5% también corresponde a las personas que ingresaron a trabajar en 2015, incluso a quienes estén a prueba, lo que desvirtúa la esencia del aumento salarial que debe realizarse en base a la inflación de 2014.
Para los empresarios esta medida paralizará la economía de las contrataciones, porque a ninguna empresa le será fácil cubrir el incremento salarial del 8.5% en las condiciones determinadas por el Ministerio de Trabajo, más aún si la Resolución 301/15 que reglamenta el incremento salarial, establece que los trabajadores debían estar en la planilla laboral 2014 para tener derecho al aumento del 8,5%.
"No queremos convertirnos en un país de jornaleros, que tengamos trabajo a destajo o comisionistas, queremos tener trabajadores que tengan un salario digno, seguridad social a corto y largo plazo y además un sustento seguro para sus familias", aseguró el presidente de los empresarios al observar la informalidad de la política salarial del Estado.
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