“Se pretende regular el consumo de bebidas alcohólicas, generar una cultura de conciencia en la población y establecer una política de Estado contra el consumo excesivo de bebidas, por sus consecuencias negativas en la salud y la familia. Se prioriza la prevención a fin de proteger a los menores de edad”, explicó el presidente de la Comisión de Gobierno, Defensa y FFAA, Carlos Aparicio.
Entre las modificaciones está la ampliación del horario restrictivo para la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas. Ahora no se podrá difundir propaganda pro alcohol entre las 06.00 y las 21.00. El proyecto, aprobado en la Cámara Baja, establecía el horario prohibido entre las 09.00 y las 21.00.
La norma también define reglas para el funcionamiento de los locales de expendio de bebidas, que no podrán vender licor entre las 03.00 y las 09.00. En cuanto a las sanciones, la ley determina que las personas que consuman licor en compañía de menores de 18 años de edad serán sancionadas con una multa de Bs 881 o con trabajos comunitarios. Similar multa pagarán aquellos que caminen ebrios en compañía de menores de edad.
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