Según la Ley 060, aprobada en noviembre de 2010, pero ejecutada desde el 1 de mayo de 2011, las empresas que promocionan productos con la oferta de regalos deben pagar un impuesto de 10% sobre el valor del premio y dar parte a la AFCSJ para que autorice la campaña.
Sin embargo, la entidad fiscalizadora creada en febrero de este año al mando de Mario Cazón, multó a las empresas infractoras con 10.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), equivalente a Bs 17.000; la mayoría de las sanciones se ejecutaron en Santa Cruz. “Hemos emitido 50 autos de apertura de procesos administrativos. Por ello, a fin de evitar nuevas multas, se debe pedir autorización para realizar promociones empresariales”, advirtió Cazón.
En Santa Cruz una de las empresas multadas por realizar un sorteo promocional con ocasión del Día de la Madre fue Mitsuba, confeccionista y exportadora de prendas de vestir que pagó Bs 17.000. “Hubo un error de cálculo de tiempo en la promoción y nos sancionaron. De todas maneras, ya cancelamos la multa para no tener problemas”, dijo una ejecutiva de la empresa.
Consultado sobre el procedimiento de la AFCSJ, el presidente de la Federación de Empresarios Privados de Santa Cruz, Gabriel Dabdoub, dijo no conocer que haya habido alguna queja de los sancionados.
En la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco), informaron de que están alertas y prestos a realizar gestiones ante la AFCSJ por si alguna empresa considera que ha sido sancionada de manera indebida.
“Lo que preocupa con estas medidas es que las empresas formalmente establecidas siguen recibiendo cargas impositivas, lo que obviamente repercute en sus gestiones y genera frenos al crecimiento de la actividad económica, incentivando la informalidad”, dice un comunicado de la Cainco.
Contra la Ley 060, el concejal cruceño Leonardo Roca interpuso un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC). Según la demanda la norma origina un conflicto de competencia con el municipio y aunque el recurso fue aceptado el 3 de mayo, la AFCSJ continúa ejecutándola. Al respecto, Cazón dijo que no fueron notificados por el TC.
Para tomar en cuenta
Sorteo. La norma dice que se entiende por sorteo, la modalidad de juego en la que se otorgan premios en dinero o en especie en los casos en los que un número expresado en los billetes de loterías o bingo coincidan con el número al azar.
Promociones. Las promociones empresariales son aquellas actividades destinadas a obtener un incremento en la venta o captación de clientes a cambio de premios en dinero, bienes o servicios, otorgados mediante sorteos o por el azar.
Recursos. El impuesto al juego tiene por objeto gravar la realización de juegos de azar y sorteos, así como las promociones y juegos empresariales. La excepción de la norma es para las organizaciones destinadas a beneficencia social.
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