Un nuevo anteproyecto de ley, elaborado por el Gobierno, pretende castigar a los medios de comunicación que difundan publicidad que use la imagen de una mujer, con la suspensión o revocación de licencias y las agencias publicitarias.
El documento denominado Anteproyecto de Ley Marco para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres fue elaborado por el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades, dependiente del Ministerio de Justicia y la Unión de Mujeres Parlamentarias. Éste pretende ser discutido el próximo 11 de octubre en honor al Día de la Mujer boliviana, para luego ser entregado a la Asamblea Legislativa Plurinacional.
De acuerdo con esa normativa, se considerará publicidad “ilícita” a aquella que utilice la imagen de la mujer “de forma vejatoria, discriminatoria, utilizando su cuerpo o partes del mismo, como objeto del producto que se pretende promocionar o su imagen asociada a comportamientos estereotipados sexistas, que tienden a perpetuar la cultura de violencia y discriminación contra las mujeres”.
El parágrafo IV del artículo 28 de la propuesta dice que la “Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transporte (ATT) exigirá el cumplimiento a las sanciones que fueran impuestas administrativamente por la (aún no creada) Comisión Nacional de Ética de Publicidad no Sexista y Medios de Comunicación a medios de comunicación, agencias publicitarias u otros bajo su competencia, en cuanto a la suspensión o revocación de licencias a quienes vulneren lo dispuesto en el Código de Ética elaborado por la Comisión”.
Al respecto, la ministra de Justicia, Nilda Copa, explicó a La Prensa que se incluyó estos puntos al borrador de la propuesta porque “hasta ahora, las mujeres hemos sido objeto de mercantilización, siempre nos han utilizado como objeto y eso tiene que terminar”.
Insistió en que actualmente se vive otro tiempo y que por eso hay que tener otra mentalidad con respecto a la mujer. “Nosotras somos seres humanos y por eso merecemos respeto. Basta de la comercialización de nuestro cuerpo”.
La propuesta también menciona que la ATT regulará, velará e impulsará que los medios masivos de comunicación audiovisual, escrita y oral adopten las medidas necesarias para evitar la publicidad ilícita y programas, artículos con contenido sexista, que vulneren los principios y derechos.
Miguel Chávez, director de la empresa de publicidad Miguel Chávez y Asociados, de la ciudad de Santa Cruz, comentó que se pueden dar varias interpretaciones a los contenidos de las publicidades, en los que se plantee el uso de la imagen de las mujeres.
Comentó que “si se pone de figura a una mujer para una publicidad, no significa que se está ofreciendo a las modelos, porque ellas son un vehículo a través del cual se promocionan los productos”.
Además, argumentó que “no se trata de llevar al extremo las cosas como para poder sancionar (ello), porque todo depende de cómo se verán las cosas. Las modelos salen y dicen ‘consuma este producto’, nada más”.
Aclaró que ese tipo de publicidades no sólo se hace en Bolivia, sino en varios países del mundo, donde no son restringidas. “Acaso quieren que el país se convierta en una isla. Las cosas se las están tomando muy extremistas”.
La propuesta de norma se encuentra en la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento y se socializará a partir de hoy con organizaciones sociales.
Obligarán a medios a emitir mensajes
El Anteproyecto de Ley Marco para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres también establece que los medios de difusión masiva emitan programas educativos con los que se pueda eliminar la violencia de género y los estereotipos.
El artículo 27 de la propuesta estipula que “todos los medios de comunicación masiva tienen la obligación de incluir en sus respectivas programaciones y publicaciones mensajes, programas, reportajes, para prevenir y deconstruir estereotipos sexistas para eliminar la violencia contra las mujeres”.
En ese sentido, la radio, la televisión y la prensa escrita destinarán un espacio mínimo y gratuito para que se difundan mensajes que promuevan los valores que estarán establecidos en dicho planteamiento.
Ese espacio deberá ser determinado anualmente y comunicado a la Comisión de Ética Publicitaria y a la Adjunta Especializada para los Derechos de las Mujeres, las que serán encargadas de supervisar si efectivamente esto se cumple.
La otra instancia que velará el sometimiento de los medios de comunicación a estas determinaciones, según la propuesta de ley, será la Comisión Nacional de Ética de Publicidad no Sexista y Medios de Comunicación que será creada también para regular la difusión, publicidad, información y toda expresión visual, oral o escrita con contenidos de imágenes, alusiones o estereotipos sexistas, con carácter vejatorio, discriminatorio, racista, humillante o degradante hacia las mujeres.
Se prohibirán anuncios de sexo
La propuesta de norma denominada Ley Marco para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres dice que los medios de comunicación no podrán difundir contenidos sobre servicios sexuales.
El artículo 33 indica que “se prohíben anuncios que ofrezcan servicios sexuales, promuevan el proxenetismo, la prostitución y pornografía por cualquier medio de comunicación e información, como aquellos publicados y difundidos como servicios de compañía, intimidades, casas de citas, lenocinios y masajes.
Además de barras americanas, clubes nocturnos, bares de nudistas, en los que se ejerza la prostitución. Así como publicidad en periódicos, radio y televisión que ofrecen los cuerpos de las mujeres como objetos sexuales relacionados con productos de venta.
Si es que se llegaran a detectar este tipo de infracciones en los medios masivos, el Estado tendrá la capacidad de prohibir la difusión de los anuncios observados.
La Prensa publicó un artículo similar a éste, el cual está insertado en el proyecto de Ley de Trata y Tráfico de Personas, mismo que actualmente ya fue presentado a la plenaria de la Asamblea Legislativa Plurinacional, cual además indica que “el que públicamente ofreciere espectáculos teatrales o cinematográficos u otros obscenos será sancionado con reclusión de cinco a ocho años”.
Obligaciones
La propuesta de ley, en su artículo 25, dispone que los medios de comunicación deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
1: Prohibirán y sancionarán toda acción de discriminación, racismo, desigualdad, estereotipos sexistas, expresiones o imágenes que implique o naturalice cualquier forma de violencia contra las mujeres.
2: Negar la transmisión de spots publicitarios, anuncios, cuñas radiales, solicitadas e infografías que denigren la imagen de la mujer.
3: Cuando exista duda respecto de un spot publicitario, anuncios, cuñas radiales, solicitadas, infografías, éste deberá estar acompañado de una orden de consentimiento extendida por el ente rector para la defensa de los derechos de las mujeres antes de su difusión; de lo contrario, el medio de comunicación se hará responsable de dicha publicidad denominada “ilícita”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario