Infracción: La Prensa difundió que la embotelladora mantiene contratos de exclusividad. Embol dice que revisa esos acuerdos.
La Autoridad de Control y Fiscalización de Empresas (Aemp) instruyó ayer el inicio de un proceso sancionatorio en contra de Embotelladoras Bolivianas Unidas S.A. (Embol S.A.) distribuidora en Bolivia de Coca-Cola, por infringir la resolución que anula los contratos de exclusividad.
Consultado el vocero de Embol, Eduardo Peinado, afirmó que el 2 de julio la empresa comenzó a revisar todos los contratos comerciales con los que cuenta para adecuarlos a la resolución en caso de que no se enmarquen en esta disposición.
En relación con el proceso sancionatorio al que dio inicio la Aemp, dijo que aún no fueron notificados.
A través de un comunicado, Embol expresó: “Nuestra empresa se encuentra en proceso exhaustivo de revisión de todos los convenios comerciales vigentes con nuestros clientes, de tal manera que todos cumplan la Resolución Administrativa 01/2010 de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (Aemp) emitida el pasado 2 de Julio de 2010. El desarrollo de nuestro negocio tiene como principio el cumplir toda normativa vigente en el país”.
La Prensa, luego de haber recorrido Megaburger, Pollos Copacabana, pizzas Eli’s, entre otros restaurantes, corroboró el miércoles que Coca-Cola tenía contratos de exclusividad en esos patios de comida. Por ejemplo, en una de las sucursales de Megaburger se observó que junto con sus productos se vende Coca-Cola. Según el supervisor, este local ofrece esa bebida gaseosa de manera exclusiva, al igual que en sus cuatro sucursales.
Anteriormente la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) admitió que tiene 270 contratos de exclusividad firmados con sus clientes, y anunció, al igual que Embol, que acatará la norma.
Sin embargo, resultado de una denuncia que presentó la empresa que distribuye la cerveza Auténtica por prácticas monopólicas, la CBN ya fue sancionada con el pago de 150.000 bolivianos.
El 2 de julio, la Aemp emitió la Resolución 001/2010, que prohíbe los contratos de exclusividad con el objetivo de garantizar la libre comercialización de productos y la libre elección por parte de clientes y usuarios. La norma establece además que los acuerdos entre empresarios y puntos de venta que contengan condiciones referidas al comodato o préstamo de muebles (heladeras, conservadoras, stands de exposición, carteleras luminosas, enseres u otros), no podrán servir como fundamento para exigir o imponer condiciones de exclusividad en la comercialización de los productos o marcas de la firma comodante o para imponer cualquier sanción.
El director de la Aemp, Óscar Cámara, anoticiado de la denuncia divulgada por La Prensa, instruyó ayer un proceso de “fiscalización y sancionador” para corroborar la infracción y proceder con la sanción correspondiente. El técnico de la AEMP, dijo, pedirá a Embol que entregue todos los contratos de exclusividad que haya suscrito.
Cámara advirtió que la sanción por infracción a la resolución va desde una multa económica, máxima de 400.000 bolivianos, hasta la cancelación de la licencia de funcionamiento.
En este caso manifestó que la sanción dependerá de la gravedad de la infracción y de los términos en que hayan sido elaborados los contratos.
El Director de la Aemp aseguró: “Con ello impulsamos a que la economía se consolide en términos democráticos, no podríamos quedarnos de brazos cruzados cuando empresarios, bajo la lógica de viejo Estado, estén con predominio de mercado atentando contra la economía de usuarios e imponiéndoles un producto y una calidad”.
Pese a la vigencia de la Resolución 001/2010, aún existen contratos de exclusividad como corroboró La Prensa. Ayer, Cámara anunció que para hacer cumplir su resolución del 2 de julio pondrá en funcionamiento el día 15 oficinas en todas las capitales de departamento para de esa manera facilitar la recepción de denuncias de los clientes y usuarios de productos y servicios.
Sin embargo, el Director de la Aemp adelantó que no destinarán brigadas para verificar si las empresas aún tienen contratos de exclusividad, porque éstos nunca fueron legales y por tanto no deben estar en vigencia y no son reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Aemp.
La Resolución 001/2010 es la primera en materia de regulación de mercados que se emite en el país.
De Vascal S.A. a Embol S.A.
La historia de Coca-Cola en Bolivia comenzó en 1941, cuando la empresa Soda Water adquirió la franquicia The Coca-Cola Company de Estados Unidos para comercializar este producto en el territorio nacional. En 1943, a solicitud The Coca-Cola Company, la empresa se convirtió en sociedad anónima con el nombre de Vascal S.A.
Vascal S.A. manejó la franquicia hasta 1995, cuando vendió sus embotelladoras de Coca-Cola en La Paz, Cochabamba y Oruro.
La empresa que adquirió la franquicia y las embotelladoras fue Embol S.A., con capitales chilenos de la empresa Coca-Cola Embonor S.A. de ese país. En 1997, Coca-Cola Embonor S.A. compró el 18,7 por ciento de Embol y logró controlar el 99,9 por ciento de esta subsidiaria en territorio boliviano.
Ayer se cometió el error de mencionar a Vascal S.A. como actual titular de Coca-Cola, siendo que ahora está en manos de Embol S.A. Ofrecemos disculpas.
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