viernes, 7 de marzo de 2008

El 10% de aumento salarial no llegará a los jefes y gerentes


El incremento salarial del 10%, dispuesto por el Poder Ejecutivo para el sector privado nacional, sólo beneficiará a los trabajadores y no así a los mandos medios o de dirección de una empresa. El ministro de Trabajo, Wálter Delgadillo, aseguró ayer que la reglamentación será similar a la aplicada en la gestión 2007.
Una fuente del Poder Ejecutivo confirmó que el “nivel ejecutivo, de dirección o mando medio está fuera del alcance de esta disposición legal”.

“Es el segundo año de aplicación de una norma que dispone un incremento salarial para los trabajadores del sector privado. Estamos preparando la reglamentación del Decreto Supremo 29473 que definirá los alcances de su aplicación, pero será muy similar al del año 2007”, precisó el ministro Delgadillo.

La Resolución 313, reglamentaria al Decreto Supremo 29116, que dispuso el 2007 un incremento salarial del 5% a los trabajadores del sector privado, estipulaba: “El sector patronal debe registrar en forma obligatoria en el Ministerio de Trabajo, los convenios de incremento salarial en el plazo de 30 días calendario, caso contrario, se aplicarán las sanciones de ley. El convenio... no alcanza al nivel ejecutivo, de dirección o mando medio de las entidades empleadoras”.

Dicha norma fue aprobada el 1 de mayo del 2007 por el presidente Evo Morales Ayma.

Sobre el cumplimiento de esta disposición, Delgadillo dijo que el 60% de las empresas registradas en esa entidad el año 2007 cumplieron con la disposición de incrementar a sus trabajadores un 5% a su salario básico.

Y para que este año se cumpla en un porcentaje mayor, dijo que —al igual que el año pasado— se aplicarán sanciones legales.

“Esta disposición ya no debería ser una novedad para los empresarios. Y, para que se cumpla, vamos a aplicar la misma experiencia del año pasado. Hay apercibimientos y sanciones que están normados”, señaló. El director jurídico del Ministerio de Trabajo, Javier Viscarra, informó que la Resolución Ministerial 014/04 establece que “los jueces de Trabajo y Seguridad Social sancionarán las infracciones a las leyes sociales, con multas de un mil a diez mil bolivianos, según los casos individuales de infracción, así como actos u omisión que perjudique, perturbe, impida o dilate el servicio del Ministerio de Trabajo”.

Con relación a la legalidad del decreto, misma que fue observada por la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Delgadillo dijo: “Estoy bien asesorado, se ha presentado una demanda el año pasado, pero el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado, y estamos actuando en el marco de la ley”.

Se harán excepciones

El ministro de Trabajo, Wálter Delgadillo, no descartó ayer que en el país existan casos excepcionales de empresas que no puedan incrementar los salarios, porque “realmente están en una mala situación”. “Serán tratados como tales”, precisó.

Tras explicar el alcance del Decreto Supremo 29473, Delgadillo dijo que el incremento salarial dispuesto por el Gobierno debe ser considerado como una conquista de los trabajadores.

“Yo no podría entender a los trabajadores que no quieran mejorar su situación salvo un caso excepcional, es decir, que una empresa se está cayendo y no va a poder aumentar al salario; esos casos los trataremos particularmente pero, en general, el cumplimiento es obligatorio y la base de negociación es sobre el 10% al haber básico”. Añadió que si no se cumple, las empresas serán sancionadas. Las multas de acuerdo a las normas van de 1.000 a 10.000 bolivianos.

Glosario

Dirección • Según el Diccionario de la Real Academia Española, es el “conjunto de personas encargadas de dirigir una sociedad, establecimiento, explotación, etc.”. También se aplica al nivel gerencial.

Alcances del Decreto Supremo 29473

Respuestas del ministro de Trabajo, Wálter Delgadillo, complementadas por la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo.

1 ¿Quiénes se benefician con el decreto supremo de incremento salarial del 10%?

“Esta es una modalidad adoptada el año pasado. En ese orden, es una conquista de los trabajadores. Antes, nunca se fijaba un mínimo para el sector privado. Con la experiencia del año pasado, el Ministerio publicará la reglamentación que será similar a la del año pasado”, explicó Delgadillo. Según esa norma, indica la Dirección Jurídica, no estaban incluidos en el beneficio los trabajadores del nivel ejecutivo, de dirección o mando medio de las empresas privadas.

2 ¿El incremento salarial es al salario mínimo nacional o al haber básico que percibe un trabajador del sector privado?”

“Las empresas privadas están obligadas a incrementar 10% al salario básico de los trabajadores como punto inicial de negociación. A partir de este porcentaje, los trabajadores pueden lograr mayores incrementos, obviamente de acuerdo a las posibilidades empresariales”, dijo el ministro. La Dirección Jurídica agrega que si un trabajador percibe Bs 3.000 de salario básico, su incremento será de Bs 300. Este monto sumará a su total ganado que incluye otras remuneraciones.

3 ¿Qué pasa si el sindicato de una empresa llega a un acuerdo con su empleador para un aumento, por ejemplo, del 5% y no del 10%?

La Dirección Jurídica indica que si no se incrementa el porcentaje que manda el decreto supremo, constituye un incumplimiento a disposiciones legales en materia laboral. Añade que el Ministerio de Trabajo cuenta con normas que sancionan estos incumplimientos y que son dictados por jueces de Trabajo y Seguridad Social. El ministro Delgadillo agregó que los “casos excepcionales se podrán tratar en el Ministerio de Trabajo o en el Ministerio de Producción y Microempresa”.

4 ¿Qué pasa si el empleador se resiste a la aplicación del decreto o los privados argumentan que el incremento debe ser por negociación obrero-patronal?

La Dirección Jurídica advierte que el incumplimiento a una disposición en materia laboral será sancionada. “Contaremos con los datos estadísticos de las sanciones que se ejecutaron el año pasado por incumplimiento del incremento del 5%. Tenga la seguridad que la empresa privada tiene capacidad para cumplir esta norma. Lo hemos hecho en La Paz, Santa Cruz, Cochabamba, Oruro. Y este año, si no cumplen, también lo haremos”, añadió el Ministro de Trabajo.

5 El Gobierno obliga al sector privado, ¿pero qué pasa con los trabajadores estatales? En los ministerios no reciben un incremento salarial hace dos años.

“Trabajadores estatales son salud y educación, además de prefecturas y municipios, etc. Cada prefectura y municipio tiene su propia autonomía en materia salarial, pero es evidente que falta arreglar el tema de los trabajadores de la administración pública gubernamental. Hay una determinación del Presidente para que el Ministerio de Hacienda haga un estudio y propuesta. Estamos considerando también este caso. Espero que en marzo se tenga una respuesta”, aseguró Delgadillo.

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