jueves, 9 de junio de 2016

Empresas que no pagaron retroactivo tienen sanción

El ministro de Trabajo, Gonzalo Trigoso, dijo ayer que las empresas que incumplieron con el pago del incremento salarial con retroactivo a enero, ya son acreedoras a sanciones.

“El decreto supremo que se dictó el 1 de mayo de este año establece que el pago del incremento salarial más el retroactivo fenecía el 31 de mayo, el plazo se ha vencido, y en caso de las empresas que no hubiesen cumplido con esto ya son acreedoras a la multa que establece la norma legal”, indicó.

Trigoso dijo que para conocer cuántas y cuáles son las empresas que incumplieron con el decreto del incremento salarial, se deberá esperar hasta mediados de junio cuando se recibirán las planillas salariales.

Una vez que se cuenten con esos datos, señaló que el Ministerio de Trabajo hará conocer la lista de los que incumplieron el decreto, vía página web.

El Ministerio de Trabajo, a través de una resolución, dio plazo hasta el 31 de mayo al sector público y privado para el pago del incremento salarial del 6 por ciento con retroactivo a enero, en el marco de la reglamentación del Decreto Supremo 2748 de incremento salarial.

Los trabajadores que no hubieran recibido el pago pueden presentar su denuncia en las jefaturas departamentales de Trabajo, que aceptarán que éstas sean anónimas.

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