sábado, 19 de diciembre de 2015

Hasta ayer ninguna empresa solicitó acogerse a la ampliación para el pago segundo aguinaldo



Hasta ayer ninguna empresa inició los trámites para acogerse a la ampliación del plazo (hasta marzo) para el pago del doble aguinaldo, informó la viceministra de Trabajo, Giovanna Maldonado. Las firmas que no se acojan a la prórroga deberán cancelar el beneficio social hasta el 31 de diciembre, de acuerdo a la norma vigente.

“Hasta ayer, ninguna empresa solicitó acogerse a la ampliación para el Doble Aguinaldo” (sic), informó la autoridad, según reportó el Ministerio de Trabajo a través de su cuenta de Twitter.

De acuerdo al artículo 7, parágrafo I de la resolución ministerial 1031/15, para acogerse a la ampliación del plazo “los empleadores del sector privado deben presentar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, hasta el 24 de diciembre de 2015 una nota de atención debidamente suscrita” acompañada de los requisitos exigidos.

Las condiciones son: una fotocopia simple del Registro Obligatorio de Empleadores (ROE), certificado de no adeudo a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) al 30 de noviembre de 2015, fotocopias de la planilla y declaración jurada de pago del segundo aguinaldo en 2014 y un formulario de declaración jurada de flujo de caja al 30 de noviembre de 2015, que establezca déficit financiero.

Un reporte del Ministerio publicado ayer da cuenta que hasta el 16 de diciembre 451 empresas hicieron efectiva la cancelación del segundo beneficio de fin de año y 1.998 el aguinaldo de Navidad.

El Gobierno determinó, mediante decreto, ampliar hasta el 31 de marzo el plazo de pago del segundo aguinaldo como resultado de un análisis y una salida intermedia a los pedidos de los empresarios y de la Central Obrera Boliviana (COB).

Los empresarios plantearon que el diferimiento sea hasta abril con el argumento que no todas los sectores y regiones experimentaron un crecimiento superior al 4,5%, como establece la norma para activar el pago del segundo aguinaldo. La dirigencia de la COB exigía que la cancelación se cumpla hasta el 31 de diciembre.

El pago del también denominado “Esfuerzo por Bolivia” no es obligatorio para ocho cargos jerárquicos y la empresa que facilite información “no verídica” para beneficiarse con la ampliación se expondrá a sanciones administrativas y legales, establece la resolución ministerial.

“El pago no es obligatorio para el personal de la empresa o institución privada que ocupe cargos de: presidente, vicepresidente y miembros del directorio; director ejecutivo y sub director ejecutivo, gerente, sub gerente, director general o de cargos de igual jerarquía, que tengan un nivel salarial acorde al cargo asignado”, prevé el parágrafo III del artículo 2 del reglamento.

De comprobarse que la información presentada “no es verídica”, el empleador será sancionado con el “pago del doble del referido beneficio, además de presentar la denuncia por infracción a Leyes Sociales conforme a lo establecido en el artículo 237 del Código Procesal del Trabajo, e iniciar las acciones legales correspondientes, si se constatara falsedad en cualquiera de estos documentos”.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario