domingo, 1 de noviembre de 2009

El Gobierno inicia el control de 41.000 empresas formales

El Gobierno inició el 28 de agosto y el 9 de septiembre la fiscalización de las empresas pequeñas, medianas y grandes mediante la actualización de su matrícula de funcionamiento en el Registro de Comercio y el Registro Nacional de Empleadores en el Ministerio de Trabajo con fines laborales.

El objetivo que persigue es controlar que todas las unidades económicas cumplan las normas vigentes en materia comercial y de protección a los trabajadores.

Para esto, el Órgano Ejecutivo emitió el Decreto Supremo 288, del 9 de septiembre de 2009, que obliga bajo pena de sanción a todas las empresas (sociedades anónimas, unipersonales, cooperativas, civiles e incluso públicas) a inscribir a sus trabajadores en el Ministerio de Trabajo hasta el 15 de diciembre de este año.

El jefe de gabinete del Ministerio de Trabajo, Luis Orellana, explicó a La Prensa que la norma apunta a obtener información actualizada del ámbito socio-laboral.

La disposición, antes de la vigencia del decreto, tenía carácter voluntario, pero ahora se sancionará el incumplimiento.

Los datos permitirán a esa cartera de Trabajo fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales, aportes a la seguridad social y seguro de largo plazo (jubilación) y de corto plazo (salud), el tipo de contrato de los trabajadores (eventuales o permanentes), si hay personas con discapacidad y escala salarial, entre otros.

Una encuesta del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA) en el sector fabril a 50 dirigentes da cuenta de que las condiciones de trabajo en el rubro son malas, con mayor intensidad en la gran industria y en la manufactura.

Algunos aspectos que se observan son: creciente inestabilidad laboral, salarios bajos y pagados con retraso, jornadas laborales de más de ocho horas sin el pago que reconozca ese trabajo extra y escasa cobertura de la seguridad social.

Según el decreto, todos los registros existentes de este tipo deberán entregar la información al Ministerio de Trabajo.

Orellana indicó que se cruzarán datos oficiales, por ejemplo con el registro comercial, porque a la fecha en el Ministerio había 3.000 empresas que inscribieron a sus trabajadores, pero en Fundempresa existen cerca de 33.000.

El objetivo es inscribir y regularizar la situación de las 30.000 de diferencia.

“Antes existía el registro, pero era casi voluntario, es decir, sin sanciones, pero no se vio la voluntad de las empresas de cumplir el registro”. Esta actitud representa una violación de una obligación laboral que tiene el empleador.

La segunda es la Resolución 026/2009, del 28 de agosto de esta gestión, emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (Aemp), que dispone la actualización de la matrícula comercial en Fundempresa hasta el 30 de noviembre.

A la fecha, esta entidad tiene 41.848 empresas registradas que desarrollan actividades en el ámbito formal y tendrán que cumplir los requisitos.

El director ejecutivo de la Aemp, Óscar Cámara, explicó que con la nueva información el Estado ejercerá un control de las empresas. “A partir del 1 de diciembre, la Autoridad (de Empresas) emprenderá una fiscalización a todas estas unidades económicas en cuanto a su actualización y particularmente la utilización de documentos comerciales, balances de apertura, cambios de apoderados legales, actualización de sus actas, y otros”.

Además permitirá contar con estadísticas actualizadas de la actividad económica y de los emprendimientos.

Aclaró que el registro comercial sólo busca una actualización y no es un trámite nuevo, es decir, una empresa se vuelve a inscribir con datos que revelen su estado reciente y los cambios efectuados en su estructura.

Cámara explicó que entre las empresas unipersonales, que representan hasta el 40 por ciento de las actividades económicas, se identificaron emprendimientos que desarrollan sus actividades de manera informal pero que generan un movimiento económico considerable de manera legal.

Por ejemplo, “los productores de papa y otros, ellos llegan a El Alto se asientan y venden su producción y se van; ¿quien regula (esta actividad) y (los) protege? Nadie. Nosotros debemos proteger estos emprendimientos porque son negocios lícitos”.

Este sector congrega a unas 216.000 unidades productivas, especialmente con un sólo propietario y comerciales.

Para este tipo de emprendimientos se prevén programas de fortalecimiento empresarial a cambio de que regularicen su actividad y se registren.

De esta manera, las firmas tendrán seguridad jurídica y se les abrirán oportunidades para que accedan a créditos del Banco de Desarrollo Productivo (BDP) a bajas tasas de interés y plazos adecuados.

El registro gubernamental permitirá a su vez transparentar la información de las unidades productivas, el cumplimiento del Código de Comercio, de las normas laborales y las modificaciones que puedan presentarse en su interior, como el cambio de socios.

Sanciones

Conforme a la Resolución 026/2009, el plazo para la actualización de la matrícula comercial vence el 30 de noviembre.

Cámara explicó que, después del plazo, la AEMP impondrá las sanciones, primero se les exhorta a que registren y luego se aplica una multa de entre 50 y 500 bolivianos.

Adicionalmente, esto puede llevar a la cancelación de la matrícula si se resiste al registro.

Datos de la gestión 2008 de la Aemp revelan que hubo incumplimiento en la actualización de un 11 por ciento, pequeñas empresas la mayoría.

En cuanto a la matrícula laboral, existen tres penalidades por su incumplimiento.

Primero, es un requisito exigido para obtener la matrícula comercial. Segundo, no se podrá acceder a créditos en la banca, ni efectuar trámites en el sistema financiero y, por último, una sanción pecuniaria.

Sube en 9.553 la base empresarial

Entre enero y agosto de esta gestión, el registro comercial de empresas de Fundempresa creció en 9.553 emprendimientos y consolidó un universo de 41.848 compañías.

El director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, Óscar Cámara, informó que el mayor porcentaje de nuevas inscripciones se concentra en las unidades unipersonales, es decir, empresas que generalmente son pequeñas. Destacó el crecimiento desde 2005, cuando se tenía registradas 11.654 empresas unipersonales, y luego para 2008 subió a 19.364.

En los primeros ocho meses de 2008 se registró un número menor: 6.411 empresas, y hasta fin de año se contaba con 30.277.

Hasta agosto de 2009, el mayor número de registros por actividad económica se concentra en el comercio por mayor y menor con 11.230 empresas (26,8 por ciento). Le siguen las actividades inmobiliarias y de servicios empresariales, con 6.816 (16,3 por ciento), y las del área de la construcción, con 6.702 (16 por ciento), mientras que 17.100 registros se dividen entre otras actividades, como transportes, hoteles y restaurantes, minería, salud y educación.

Aunque al cierre de 2008 la tendencia por actividad era la misma, el sector que más creció fue el de los servicios sociales y de salud, en 97,48 por ciento, pues de 318 empresas subió a 628.

El registro por tipo de sociedad, en el mismo periodo, refleja un crecimiento más alto en las unidades unipersonales en 67,8 por ciento (28.382 empresas); las sociedades de responsabilidad limitada, un 28,6 por ciento (11.974 empresas); las sociedades anónimas, un 3,6 por ciento (1.492 empresas).

Hasta el cierre de 2008 existían 19.364 empresas unipersonales, 9.586 sociedades de responsabilidad limitada, 1.158 sociedades anónima, 143 sociedades constituidas en el extranjero, 12 colectivas, 11 anónimas mixtas y tres en comandita.

En el crecimiento regional destaca el eje La Paz-Santa Cruz-Cochabamba-Tarija, representan el 76 por ciento.

Cámara anunció un mayor crecimiento porque se trabaja en la reactivación de empresas textileras y de turismo.

Otra norma

La Autoridad de Fiscalización y Control Social de las Empresas (Aemp) alista la sustitución del Código de Comercio actual por otra norma, una que se adecue a la “economía híbrida nacional”.

El director ejecutivo de la AEMP, Óscar Cámara, informó que trabaja en la conformación de un consejo consultivo que incluya a la Cámara de Comercio, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia y la Asociación de Bancos, entre otras organizaciones empresariales y sociales.

Explicó que conjuntamente se trabajará una nueva normativa que incluya los pequeños emprendimientos que existen en el país con características que no toma en cuenta el Código actual.

La norma actual data de febrero de 1977, aprobada durante la primera presidencia de Hugo Banzer Suárez.

Sin embargo, su elaboración inició en 1962, y en 1972 se aprobó su contenido pero se instruyó una revisión final para evitar contradicciones antes de que entrara en vigencia.

Radiografía del sector manufacturero

El CEDLA estudió las condiciones laborales en la industria de la manufactura en 2008.

Estableció que el 47,5 por ciento de los trabajadores tiene un contrato indefinido.

Esto significa que menos de la mitad goza de un empleo seguro y con beneficios sociales.

La jornada laboral promedio es de 9,3 horas; una hora y veinte minutos adicionales.

En un mes significa trabajar al menos 26 horas adicionales, como tres jornadas laborales.

El salario promedio neto de un obrero bordea los 882 bolivianos, cerca de 30 bolivianos por día.

La cobertura en seguridad social, cobertura de jubilación, alcanza al 26,5 por ciento.

En el seguro de salud, el 27,3 por ciento de los trabajadores tiene acceso pagado por la empresa.

Dirigentes fabriles de La Paz, El Alto, Cochabamba y Santa Cruz observaron incumplimientos.

Afirman que persiste la inestabilidad laboral a pesar del Decreto 28699, de mayo de 2006.

La norma derogó el artículo 55 del Decreto 21060 que estableció la libre contratación y despido.

También afirman que continúa la subcontratación sin derechos laborales.

Algunos decretos

El Decreto 107 del 1 de mayo aprueba que se cumplan las normas laborales .

El Decreto 108 obliga a las empresas a acatar normas de seguridad laboral.

La norma 110 disminuye de un año a 90 días el reconocimiento de la indemnización.

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