sábado, 26 de abril de 2008

El Ejecutivo dice que la PIL puede bajar precio de la leche

El ministro de Producción y Microempresa, Javier Hurtado, declaró ayer que la productora de lácteos PIL tiene margen para rebajar el precio de la leche. Además, informó que al ser ésta una empresa monopólica, será regulada por la Superintendencia de Empresas, ente que tiene la facultad de revisar los costos de producción y ganancias de las compañías.

Un monopolio es cuando una sola entidad controla un determinado mercado y define precios.

La PIL subió el costo de sus productos el 18 de marzo, hasta en un 17 por ciento. El litro de la leche natural aumentó de 4 a 5 bolivianos; el yogurt frutado subió de 11 a 13 bolivianos; la leche light de 4,30 a 5 bolivianos y el yogur familiar en bolsa de 500 gramos de 3,50 a 4,10 bolivianos.

La empresa justificó el alza bajo el argumento del encarecimiento de la materia prima por parte de los lecheros.

Ayer, el gerente general de PIL, Pablo Vallejos, dijo que no se pronunciará sobre la regulación que pretende ejercer el Gobierno hasta no conocer una posición oficial.

Sin embargo, anticipó que una rebaja no sería posible a no ser que se le disminuya la retribución a los productores que abastecen a las plantas de la empresa de lácteos.

El ministro Hurtado anticipó que su despacho avanzó en conversaciones con los pequeños productores para lograr acuerdos que beneficien a los consumidores finales.

Controles

Para frenar el alza de precios de los productos de primera necesidad que sufrieron una espiral inflacionaria, el Gobierno asumió una serie de medidas. Impulsó la importación directa de arroz y harina de Argentina, además de la venta, también directa, de la carne de res.

La última decisión fue la prohibición de las exportaciones de aceite, en tanto este producto no baje sus costos. En los últimos días, el precio del aceite comenzó a bajar y el Ejecutivo autorizó a SAO a retomar la exportación, el proceso será similar con el resto de las aceiteras.

El Ejecutivo fijó una banda de precios para el aceite de entre 10,50 bolivianos y 12,99 bolivianos por litro, a la que deben ajustarse las productoras.

Al mes de marzo, la inflación acumulada llegó al 4,75 por ciento, más del 50 por ciento de la meta fijada por el Presupuesto General de la Nación (TGN) para 2008. El año pasado, este indicador llegó al 11,73 por ciento.

Competitividad

Asimismo, para evitar prácticas monopólicas y anticompetivas, el l6 de marzo de este año el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo 29159 de Competencia y Defensa del Consumidor que le otorga a la Superintendencia la potestad para revisar el proceso productivo y las ganancias de las compañías que operan en el país con el fin de evitar una conducta anticompetitiva y monopólica en el mercado.

Según la norma, la anticompetitividad se produce cuando una empresa o grupos reducidos de firmas fijan, elevan o manipulan precios de venta o de compra de bienes o servicios.

El superintendente de Empresas, Rolando Morales, anunció que el sector aceitero será el primero en ser regulado. Ayer, Hurtado informó que también estará bajo control la empresa PIL, de capitales peruanos.

En anteriores declaraciones, el presidente de la República, Evo Morales, también cuestionó el monopolio que la industria PIL tiene en el país.

El decreto de Competencia y Defensa del Consumidor señala que para establecer las ganancias se tomará en cuenta la introducción de productos nuevos, el aprovechamiento de saldos, la creación de costos producto de nuevas técnicas y la producción de bienes y servicios diferentes con los mismos factores de producción, entre otros.

Las empresas que incurran en conductas anticompetitivas serán sujetas a sanciones penales y otras que van desde una amonestación hasta la cancelación del registro y revocatoria de la autorización, conforme a la gravedad de la infracción, acción u omisión.

El procedimiento de las inspecciones a las industrias y el de las penalidades será establecido por la reguladora y el Instituto Boliviano de Metrología (IBMETRO), encargado del controlar el peso de los productos, en un plazo de 30 días.

Para ello se requiere de un reglamento específico. Con este tipo de medidas, el Gobierno profundizó el cambio de modelo neoliberal a uno de corte estatista, con mayor presencia del Estado y control de precios.

El decreto también establece otras disposiciones dirigidas específicamente a la defensa del consumidor y restricciones sobre los productos.

Obligaciones

El decreto 29159 establece algunas obligaciones a las empresas de alimentos:

Cuando se expenda al público productos con alguna deficiencia, usados, reconstruidos o cuando se hayan utilizado partes o piezas usadas deber· informarse de manera visible alconsumidor. Si no advierte, los bienes se consideran nuevos.

Está prohibida toda informaciói o presentación dque induzca al consumidor a error respecto a la naturaleza, origen, modo de fabricación, componentes, peso, medidas, precios, forma de empleo, caracterÌsticas de los productos ofrecidos.

Cuando luego de la introducción de un producto o servicio en el mercado se estableciera la existencia de riesgos no previstos, defectos o alteraciones que los conviertan en peligrosos para la salud o seguridad, el proveedor est· obligado a notificar ese hecho en forma inmediata a la instancia pública.

El proveedor es responsable de los daños causados a la integridad fÌsica o la salud de los consumidores o a sus bienes por los defectos de los productos. Un producto es defectuoso cuando no ofrece la seguridad a que las personas tienen derecho.

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